EEUU se ratifica en el cierre del 'caso Couso'

El consejero de Prensa de la Embajada de Estados Unidos en España, John Law, reiteró a Reporteros Sin Fronteras (RSF) que el 'caso Couso', por lo que respecta a la Administración estadounidense, está cerrado.
Law no desestima, sin embargo, actos futuros de cooperación es este asunto si las autoridades competentes así lo exigen.

Durante la entrevista con RSF, el consejero insistió varias veces en el respeto a la separación de poderes y negó, también en distintas ocasiones, haber recibido una petición "oficial" del juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz para facilitar la filiación de los tres militares imputados por la muerte del cámara de Tele 5 José Couso, fallecido en el ataque al Hotel Palestina el 8 de abril de 2003.

Sin embargo, fuentes de la Audiencia Nacional confirmaron a RSF que el juez remitió a la Embajada un oficio el 25 de enero, de acuerdo al tratado. Una semana después, ese equipo hizo una llamada a la delegación estadounidense que confirmó haber recibido la petición. El equipo de Pedraz se puso entonces en comunicación con Interpol Washington que avisó al juez de que el proceso había sido interrumpido, al considerarlo cerrado la Administración norteamericana.

Esto fue lo que explicó la Embajada de Estados Unidos sobre su gestión del caso:

RSF: El diario El País aseguraba en sus ediciones del 5 y del 6 de febrero que el Gobierno de Estados Unidos no facilitará la filiación de los tres militares imputados en el 'caso Couso'. Sin embargo, bajo ese titular no podría extraerse una sola frase en que usted lo negara tan tajantemente.

John Law: El Departamento de Defensa de Estados Unidos ya investigó el caso y emitió su correspondiente informe que fue comunicado al Gobierno español en 2003, cuando España pidió explicaciones sobre el asunto. Consideramos que hemos facilitado toda la información que estaba en nuestra mano transmitir sobre el caso.

RSF: Sin embargo, el juez Santiago Pedraz, que instruye el 'caso Couso' en la Audiencia Nacional, continúa reclamando la filiación de los tres militares implicados en el asunto y, según publicó el diario El País, ésta no ha sido facilitada.

JL: Insisto en que consideramos que hemos facilitado toda la información que debía comunicarse. Así fue cuando, tras el fallecimiento del cámara español, el Gobierno español reclamó explicaciones. Y así se actuó también cuando, en 2004, se solicita a los Departamentos de Estado, Defensa y Justicia toda la documentación de la que disponían sobre el caso.

RSF: No se entiende, no obstante, que dos países que han subscrito un Tratado de Extradición y Asistencia Mutua y que son firmantes de la Convención de La Haya no cooperen.

JL: El Gobierno y la Justicia estadounidenses han cooperado y lo seguirán haciendo con la Justicia y las autoridades españolas.

Caso cerrado

RSF: Pero no lo hicieron cuando en abril de 2004 el juez Baltasar Garzón quiso enviar una comisión rogatoria y tampoco cuando, en junio del pasado año, Santiago Pedraz pidió que se tomara declaración a los tres militares estadounidenses acusados.

JL: La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional archiva el caso el pasado abril, considerándolo cerrado, aunque lo haya reabierto después en diciembre, porque no es un crimen de guerra. Estados Unidos tiene experiencia en investigar y castigar los crímenes de guerra cometidos por sus fuerzas militares. Tenemos el ejemplo de los 110 estadounidenses acusados de cometer delitos de guerra durante el conflicto de Iraq. Pero este no es el caso. Realizadas las investigaciones, el Departamento de Defensa estadounidense concluyó que no se trataba de un crimen de guerra. No hemos encontrado evidencia alguna de cualquier delito, por eso el asunto está fuera de todo procedimiento en Estados Unidos. Ahora, entiendo que el proceso continúa en el caso español, donde toma otros caminos.

RSF: ¿Por qué, entonces, no hay respuesta a la petición del juez Santigo Pedraz para que le sea facilitada la filiación del sargento Thomas Gibson, del capitán Philip Wolford y del teniente coronel Philip de Camp, como exige Interpol para poder emitir una orden de búsqueda y captura internacional?

JL: Puede decirse que no hemos recibido ninguna petición 'formal', como se entiende en el Tratado de Asistencia Mutua.

RSF: Según las mismas afirmaciones del diario El País, el juez Santiago Pedraz envió una carta de petición hace más de diez días.

JL: Insisto en que no hemos recibido ninguna petición formal, según las fórmulas subscritas.

RSF: ¿No hubo carta, entonces?

JL: No hubo solicitud 'oficial' de acuerdo con los términos del tratado.

RSF: La información publicada por el diario El País asegura que sí. Y no sólo eso, agrega que, si no se le facilita esa información, el juez Pedraz estaría dispuesto a elevar tanto al Consejo General del Poder Judicial como a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional una propuesta tendente a suspender el convenio de colaboración y reciprocidad judicial que mantienen España y Estados Unidos.

JL: No puedo emitir una valoración, pero estoy convencido de que el tratado continuará en vigor por voluntad de las dos partes. Estados Unidos apoyó la Resolución 1738 de Naciones Unidas, del 23 de diciembre de 2006, que criminaliza los ataques deliberados e intencionados contra civiles en situaciones de conflicto armado. No hay dudas sobre la posición estadounidense. Pero, vuelvo a repetir, este no es el caso: no hemos encontrado evidencias de crimen. Fue un accidente lamentable y comprendemos el profundo dolor de la familia, a la que hacemos llegar nuestras condolencias, pero no podemos decir que fue un crimen. Mire, uno o dos días antes del accidente que acabó con la vida de José Couso y Taras Protsyuk, el Ejército estadounidense bombardeó las instalaciones de la cadena Al Jazeera. ¿Piensa usted que Estados Unidos tenía algún interés en derribar esas instalaciones cuando en ese momento eran fundamentales las informaciones que emitía la cadena? No, ¿cierto? Sufrieron los efectos del bombardeo porque las instalaciones de la televisión árabe estaban contiguas a edificios del Gobierno iraquí.

RSF: Está claro que José Couso y Taras Prostsyuk no eran parte en conflicto. Eran dos periodistas, población civil.

JL: Dos periodistas, sí. Pero, digamos que las circunstancias durante un conflicto bélico siempre son arriesgadas y estos casos, aunque lamentables, pueden darse. Me explico: los periodistas en situación de conflicto corren esos riesgos. Está en nuestra mano protegerlos, pero esas situaciones pueden suceder. Fue el caso de Julio Anguita Parrado, que ratificaron los periodistas que han acompañado a las fuerzas estadounidenses en muchas de sus acciones. No hubo delito, por tanto. Fue solo una circunstancia inevitable, trágica y en absoluto deseada, consecuencia de un conflicto bélico.

Encarcelados por no revelar sus fuentes

RSF: Reporteros Sin Fronteras se muestra preocupada por la sucesión de periodistas estadounidenses encarcelados por negarse a revelar sus fuentes de información.

JL: Imagino que se refiere al caso de Judith Miller.

RSF: Entre otros. Está el asunto de Josh Wolf, que el pasado 6 de febrero cumplió ya 171 días de detención, una de los ingresos en prisión más largos de los efectuados por un periodista norteamericano en su propio país, o el de Vanesa Legget que pasó 168 días encarcelada por negarse también a revelar sus fuentes.

JL: A nivel federal, Estados Unidos no reconoce, como sucede en España, a los periodistas que puedan negarse a revelar sus fuentes de información. Cuando son reclamados por un juez para interrogarlos para que informen de todo lo que conocen sobre un delito, con el fin de lograr su resolución e identificar a los culpables, están obligados a hacerlo como un ciudadano más.

RSF: Los periodistas estadounidenses carecen entonces del derecho al secreto profesional.

JL: Algunos estados lo reconocen, pero no existe iniciativa a nivel federal. El periodista es considerado un ciudadano estadounidense sin mayores privilegios que cualquier otro. Si un juez observa evidencias de crimen en un asunto y considera que un determinado periodista es clave en la investigación, lo llamará a testificar.

RSF: Pero, ¿no es la encarcelación una medida mayor?

JL: Es una medida para presionar al periodista y hacer que colabore con la Justicia estadounidense en la investigación de crímenes y delitos. No obstante, no es una medida arbitraria. Cuando un periodista se niega a facilitar información, los jueces primero procuran recabarla de otras personas. Solo cuando es la única vía se recurre al testimonio del periodista y, si éste se niega a proporcionar la información que posee, puede ser que el juez estime que está incumpliendo sus obligaciones como ciudadano. Ya señalé que no existen diferencias entre un periodista y un ciudadano corriente en cuanto a sus obligaciones para con la Justicia.

Requisitos para informadores extranjeros

RSF: ¿Establece Estados Unidos algún requisito particular a los periodistas extranjeros?

JL: Ninguno. El procedimiento para la obtención del visado es bastante sencillo. A los periodistas les corresponde el tipo 'I'. Solo se exige una carta del medio de comunicación para el que trabaja el periodista que acredite las funciones que va a desarrollar en Estados Unidos. Para los corresponsales, los visados suelen concederse por un plazo de cuatro años, que es el tiempo que dura su cargo en la corresponsalía. En el caso de los enviados especiales, los permisos son otorgados por un periodo menor, aunque, si el periodista indica que habrá de estar viajando de forma continuada a Estados Unidos, también se conceden por periodos largos. Luego está el tema de las acreditaciones para el Congreso y otras instituciones, para las que sí existe un número limitado. Es decir: no podemos facilitar ocho credenciales a un solo medio de comunicación, pero sí las suficientes para que pueda realizar su trabajo.

MADRID
PERIODISTAS-ES
Marta Molina